Si la ganancia real es baja frente al precio de venta (por ejemplo, porque el inmueble se compró caro o tuvo mejoras documentadas), el 10 % sobre la ganancia puede salir más barato que el 3 % sobre el valor total. Hay que hacer el cálculo antes de firmar en la notaría.
Qué se consultó y qué respondió la DGI
Una notaría preguntó si la declaración jurada con el pago del 10 % sobre la ganancia reemplaza el formulario 107 del 3 %. La DGI explicó que, desde la Ley 208 de 2021 (que modificó el artículo 701 del Código Fiscal), quien vende un inmueble fuera del giro ordinario de su negocio puede elegir: pagar un adelanto del 3 % sobre el valor de venta o el catastral (el mayor), o presentar una declaración jurada con la ganancia real y sus soportes y pagar el 10 % sobre esa ganancia. Y confirmó que la declaración con el pago del 10 % sí reemplaza el formulario 107.
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Qué revisar en tu caso
- Costo de compra y gastos de la transacción con sus documentos.
- Mejoras al inmueble debidamente soportadas.
- Valor catastral y precio de venta, para comparar ambas opciones.
Fuente: Dirección General de Ingresos, nota 201-01-1151-DGI del 16 de noviembre de 2021 · Tema: Ganancia de capital · Enajenación de bien inmueble.
Respuesta de Alelí Partners actualizada a octubre de 2026. Es orientación general: los hechos de cada caso pueden cambiar la conclusión.
