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¿Cuándo se factura y se cobra el ITBMS de un certificado de regalo?

Nota 201-01-0958-DGI25 de agosto de 2023Actualizado · octubre de 2026Por Rodrigo González

Nuestra respuesta hoy

Al vender un certificado de regalo se registra el dinero recibido como un anticipo; la factura con ITBMS se emite al momento del canje, por los productos que el cliente se lleva.

Qué se consultó y qué respondió la DGI

Una entidad pública compró certificados de regalo y el comercio presentó una factura no fiscal sin ITBMS. La DGI aclaró que el comercio no tiene exoneración de ITBMS ni excepción de usar equipos fiscales o factura electrónica, y que quien le vende al Estado debe usar factura electrónica. Sobre el fondo, consideró que el certificado de regalo es una venta diferida: el ITBMS se causa y la factura se emite cuando el cliente lo canjea por mercancía, para no facturar dos veces lo mismo.

PDF Descargar la nota original de la DGI

Qué revisar en tu caso

  • Cómo registra tu contabilidad los certificados vendidos y no canjeados.
  • Que tu sistema de facturación emita la factura al canjear.
  • Si el comprador es una entidad pública: documento que exige para pagar.

Fuente: Dirección General de Ingresos, nota 201-01-0958-DGI del 25 de agosto de 2023 · Tema: ITBMS · Compras al estado.

Respuesta de Alelí Partners actualizada a octubre de 2026. Es orientación general: los hechos de cada caso pueden cambiar la conclusión.