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Si mi entidad está exenta de impuestos, ¿igual debe presentar la Planilla 03?

Nota 201-01-0166-DGI19 de enero de 2024Actualizado · octubre de 2026Por Rodrigo González

Nuestra respuesta hoy

El criterio aplica a cualquier empleador que retenga impuesto sobre la renta a sus colaboradores, sea o no contribuyente. La Planilla 03 es un informe, no un pago, pero omitirla genera multas y hace que tus colaboradores tengan problemas al pedir devoluciones.

Qué se consultó y qué respondió la DGI

Una entidad del Estado, libre del pago de impuestos por su ley orgánica, preguntó si debía presentar la Planilla 03. La DGI respondió que sí: al retener el impuesto sobre la renta de sus colaboradores, debe presentar ese informe. La exención libera de pagar impuestos propios, no de informar lo que se retiene (artículos 734 y 756 del Código Fiscal).

PDF Descargar la nota original de la DGI

Qué revisar en tu caso

  • Que la Planilla 03 cuadre con las planillas pagadas en el año.
  • Que las retenciones reportadas coincidan con lo remitido mes a mes.
  • Entregar a cada colaborador su constancia de salarios y retenciones.

Fuente: Dirección General de Ingresos, nota 201-01-0166-DGI del 19 de enero de 2024 · Tema: ISR · Planilla 03.

Respuesta de Alelí Partners actualizada a octubre de 2026. Es orientación general: los hechos de cada caso pueden cambiar la conclusión.