Un gasto sin factura o con una factura incompleta puede ser rechazado en tu declaración de renta. Con proveedores del exterior, pide que la factura identifique a tu empresa con su RUC y describa claramente el servicio o bien, el monto y la fecha.
Qué se consultó y qué respondió la DGI
Se consultó si las facturas emitidas desde el exterior debían cumplir los requisitos de la Ley 256 de 2021. La DGI enumeró el contenido mínimo de toda factura (artículo 11 de la Ley 76 de 1976): tipo de documento, numeración, datos y RUC del emisor, nombre e identificación del receptor, fecha, descripción con cantidad y monto, desglose del ITBMS y otros impuestos, valores y condiciones de pago, y descuentos o ajustes. Y concluyó que, aunque el emisor esté fuera del país, si el comprador reside en Panamá la factura debe contener los requisitos que le apliquen para que el gasto sea deducible (artículo 22 del Decreto Ejecutivo 170 de 1993).
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Qué revisar en tu caso
- Que tus facturas de proveedores locales sean electrónicas o de equipo fiscal y traigan tu RUC y DV.
- Facturas del exterior: nombre y RUC de tu empresa, descripción, fecha y monto.
- Si al pago al exterior le corresponde retención de impuesto (remesas).
Fuente: Dirección General de Ingresos, nota 201-01-0396-DGI del 8 de marzo de 2022 · Tema: Facturación · Descrpción de factura.
Respuesta de Alelí Partners actualizada a octubre de 2026. Es orientación general: los hechos de cada caso pueden cambiar la conclusión.
