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Si soy productor agropecuario, ¿estoy obligado a usar factura electrónica?

Nota 201-01-1079-DGI20 de septiembre de 2022Actualizado · octubre de 2026Por Rodrigo González

Nuestra respuesta hoy

El pequeño productor agropecuario sigue exceptuado por debajo de ese monto, pero quien le vende al Estado debe revisar las exigencias actuales de factura electrónica, que desde finales de 2022 son la regla para las compras públicas.

Qué se consultó y qué respondió la DGI

El Instituto de Mercadeo Agropecuario consultó porque la Contraloría frenó pagos a cooperativas y asociaciones de productores que no presentaban factura fiscal. La DGI recordó que la actividad agropecuaria con ingresos gravables brutos anuales menores de B/.350,000 está exceptuada de usar equipos fiscales y factura electrónica (artículo 12, parágrafo 2 de la Ley 76 de 1976), y no vio inconveniente en que la Contraloría tramitara esos pagos con las facturas presentadas. También mencionó que la obligación del Estado de aceptar solo factura electrónica se había prorrogado al 31 de octubre de 2022.

PDF Descargar la nota original de la DGI

Qué revisar en tu caso

  • Ingresos brutos anuales de la actividad agropecuaria.
  • Si vendes al Estado directamente o a través de una cooperativa.
  • Documento con el que facturas hoy y si te conviene el facturador gratuito de la DGI.

Fuente: Dirección General de Ingresos, nota 201-01-1079-DGI del 20 de septiembre de 2022 · Tema: Facturación electronica · Actividad agropecuaria.

Respuesta de Alelí Partners actualizada a octubre de 2026. Es orientación general: los hechos de cada caso pueden cambiar la conclusión.