Antes de donar con la idea de deducirlo, pide a la entidad la constancia de que está autorizada para recibir donaciones deducibles y el recibo de la donación. Las personas naturales pueden deducir hasta B/.50,000 al año.
Qué se consultó y qué respondió la DGI
Se consultó si las donaciones o el financiamiento privado a asociaciones de interés público (Decreto Ejecutivo 1099 de 2010) eran deducibles para el donante según el artículo 697 del Código Fiscal. La DGI respondió que para que una donación sea deducible, la entidad que la recibe debe cumplir los requisitos para ser receptora de donaciones deducibles, que se tramitan ante el Departamento de Fiscalización de Organizaciones no Gubernamentales de la DGI; no basta con que la asociación no tenga fines de lucro.
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Qué revisar en tu caso
- Que la entidad esté reconocida por la DGI como receptora de donaciones deducibles.
- Recibo de donación a tu nombre con monto y fecha.
- Límite de deducción: B/.50,000 para personas naturales, 1 % del ingreso gravable para empresas.
Fuente: Dirección General de Ingresos, nota 201-01-10534-DGI del 11 de noviembre de 2021 · Tema: Asociación sin fines de lucro · S/n.
Respuesta de Alelí Partners actualizada a octubre de 2026. Es orientación general: los hechos de cada caso pueden cambiar la conclusión.
